jueves, 23 de mayo de 2019

S7. Actividad 2. Aplicación de encuesta y análisis de resultados

 

Lista de preguntas realizadas:


¿Ha visto a alguien abandonar a su mascota?

¿Tiene mascotas?

¿Pensaría alguna vez en abandonar a alguna de sus mascotas?

¿Conoces algunas instituciones donde se puedan adoptar mascotas?

 

¿Usted cree que debe de haber alguna ley que prohíba y castigue el abandono?

¿Algún miembro de su familia es alérgico a los perros o a los gatos?

¿Cree usted que los animales deberían tener los mismos derechos que las personas?

¿Cree usted que los animales son de ayuda para las personas?

¿Considera usted que los animales merecen tener una vida digna sin agresiones y maltratos?

¿Ha participado en eventos en los que se halla señalado el mal trato animal como tema 
inicial?

Esta encuesta fue respondida por vecinos, familiares y amigos






Esta gráfica muestra a las personas encuestadas y su edad
En esta grafica se muestra que solo 3 personas de 10 han visto un abandono animal
En esta grafica se observa que solo 4 de los encuestados tiene mascota
 
En esta pregunta los 10 encuestados estan de acuerdo
En esta grafica se da a conocer que solo 2 de los encuestados tiene familiares con alergia a perros o gatos
En esta grafica se muestra que solo 3 personas no estuvieron de acuerdo
Esta grafica muestra que 6 de los encuestados piensan que los animales si son de ayuda
En esta pregunta todos los encuestados mostraron una respuesta positiva
En esta pregunta la respuesta fue negativa ya que nadie ha participado en algún tipo de campaña
En esta grafica se muestra que solo 1 de los encuestados si ha pensado en abandonar a su mascota
los 10 encuestados respondieron que si

martes, 21 de mayo de 2019


Unidad 3. S7. Actividad 1. Análisis de datos recabados



Solución reto “PAMELA Y SUS AMIGOS”

 

v Pamela es la anfitriona

v Un chico lleva ravioles – Fernando

v Fernando no llevara estofado

v Señorita Barrios está a dieta (tina) pidió a pamela que hiciera la ensalada de vegétales crudos, por lo tanto, pamela se apellida barrios

v Diego Rodríguez, Pamela Barrios, piensan que la chica que hará estofado es delgada, será la única que disfrutara los platillos. (Tina ríos)

v Diego Rodríguez le pregunto a Fernando de que sabor querían el pastel.

 

NOMBRE

APELLIDO

PLATILLO

Pamela

Barrios

Ensalada      

Diego

Rodriguez

Pastel              

Fernando

Vargas

Ravioles        

Tina

Rios

Estofado       

 

¿Por que llegue a esta conclusion?
Por que leí el texto en repetidas ocasiones hasta llegar a este resultado, que para mi, es el correcto.

viernes, 17 de mayo de 2019


Unidad 2 Sesión 6 Actividad 2

Planeacion y Aplicación de la Entrevista


Para la entrevista elegí a la Mêdico Veterinario Zootecnista Sayra Ivette Lugo Colon,a quien contacte via telefónica   ya que por horarios de trabajo se complica un poco la entrevista personal.

P ¿Cuál es su nombre y su grado de estudio?

R Mi nombre es Zaira Ivette Lugo Colon soy Medico Veterinario Zootecnista

P ¿ Cual es su puesto y cuanto tiempo tiene desempeñándolo?

R Soy medico particular y tengo 20 años laborando

P ¿Cuál cree que sea el maltrato mas común y en que animal es el que mas maltrato recibe?

R Perros amarrados, ya sea en la azotea sin techo, sin agua y  sin cobijo., han traido perros  deshidratados que estaban encerrados en un pequeño patio, incluso he visitado domicilios donde hay conejos enfermos, encerrados en jaulas que miden aproximadamente un metro al cuadrado y con ellos patos y gallinas, por lo que de inmediato le di aviso a la autoridad competente.

P ¿Según su criterio podría decirme que importancia tiene el derecho animal?

R Tanta importancia como la de un ser humano ya que el también tiene derecho a una vida digna puesto que es un ser viviente en el mismo planeta que habitamos

P ¿Aproximadamente a cuantos pacientes animales a atendido y de que?

R No puedo decir un numero aproximado porque en mi trabajo he atendido Vacas, Caballos, Burros, Perros , Gatos, Aves  y animales rastreros (Culebras) y los atiendo por diversas causas.

P ¿A que cree usted que se deba el maltrato animal ( causas)?.

R Falta de educación, falta de respeto hacia un ser vivo,  pobreza y malos sentimientos.

P ¿Cree que  se deba denunciar ante una instancia de gobierno este maltrato?

R Si, ante el Ministerio Publico, Policias Municipales o cualquier instancia de gobierno.

P Según su criterio, ¿ cree necesaria una mutilación o privar de su vida a un animal que ha sido exageradamente maltratado?

R Si no hay remedio y esa es la solución para que sobreviva si se hace una mutilación y se priva de la vida cuando el animal esta cansado y viejo pero es a solicitud del dueño.


Agradezco sus respuestas y la atención que tubo para contestar mi llamada.

                  Unidad 2 Sesión 6 Actividad 1 Bitácora de investigación

Unidad 2 Sesión 6 Actividad 1 Bitácora de investigación

Diario de campo


Tema: Maltrato Animal


Lugar de la entrevista : Vía telefónica 

Dirección: Clínica Veterinaria Manchitas Belisario Dominguez y Cerro de Cempoaltepec Guadalajara Jal. 

Objetivo: Entrevistar para conocer de la voz de un profesional el problema que se presenta

Entrevistador: Herlinda Gonzalez Pelayo

Entrevistado: Zaira Ivette Lugo Colon Medico Veterinario Zootecnista 

Hora:



Bitácora

FECHA Y HORA DE LA ACTIVIDAD

ACTIVIDAD PARA REALIZAR

 

OBSERVACIONES

 

RESULTADOS

CONCLUSIONES

 

13 de mayo de 2019

 

Hora: 4:30pm

 

Acudir personalmente a la clínica veterinaria donde se atienden casos de maltrato animal

Constate que efectivamente había varios animalitos en observación

Buena atención, higiene

Especialidad en maltrato perruno

En todo momento el personal fue atento y amable

13 de mayo de 2019

 

Hora: 06:00 pm

 

 

Elabore el borrador de mi entrevista

Formule las preguntas a mi entrevistada

Fue una entrevista elaborada satisfactoriamente

Buena información y asesoria

14 de mayo de 2019


Hora: 10:00 am

Me puse en contacto con la veterinaria y agendar cita.

Fui cuestionada acerca de mi proyectoy se mostraron cooperativos

Fue una experiencia satisfactoria por el entusiasmo mostrado por parte del personal

Se llegó al acuerdo de hacer entrevista rápida y concisa

14 de mayo de 2019

Hora:

05:00 pm

Por una agenda cubierta, la entrevista se realizó vía telefónica

La veterinaria se mostró muy amable y atenta en todo momento mientras fue entrevistada

Recibí información de cómo proceder ante la problemática

Acudir de manera oportuna ante una situación de maltrato animal y defender sus derechos


sábado, 11 de mayo de 2019

Unidad Sesion 5 Actividad 2 Analisis y abstraccion de informacion

Marco Teorico

El Derecho Penal 

Antecedentes
 ¿qué es el derecho?, presupuesto de la que aquí importa: ¿qué es el derecho penal?, puede responderse en muy distintos sentidos. A la filosofía del derecho le interesará preguntarse, a través de esta pregunta, por la esencia material del derecho: Cuál es su esencia. Planteada así la cuestión obtendrá respuestas distintas según el aspecto que se considere esencial en el derecho. Podría elegirse, pongamos por caso, tanto el aspecto ontológico (cuál es el ser peculiar del derecho), como el aspecto funcional (qué función tiene) o el teleológico (a qué fin tiende) del orden jurídico. Y cada escuela resolverá con criterio diferente cada una de estas cuestiones. La teoría general del derecho podrá, en cambio, preferir a la búsqueda de la esencia material del derecho su esencia formal: la descripción externa de lo que es derecho, que permite diferenciarlo de conceptos afines como el de moral o usos sociales.
Derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena o medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica.

Según Zaffaroni (2005), el derecho penal se define como la rama del saber jurídico que mediante la interpretación de las leyes penales, propone a los jueces un sistema orientador de decisiones, que contiene y reduce el poder punitivo para impulsar el progreso del estado constitucional de derecho.

Según Franz von Liszt, referido por Baumann (1988), derecho penal es el "Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia.". Ricardo Núñez, dice que el derecho penal, es la "La rama del Derecho que regula la potestad pública de castigar y aplicar medidas de seguridad a los autores de infracciones punibles". Luis Jiménez de Asúa, dice que es "Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto de delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora". Fontán Balestra, dice que es la "Rama del ordenamiento jurídico que contiene las normas impuestas bajo amenaza de sanción"

Interpretando a Cubas (1998), cuando se habla de derecho penal se utiliza el término con diferentes significados según a qué el mismo se esté refiriendo. De tal modo podemos mencionar una clasificación preliminar tal como: derecho penal sustantivo y, por otro lado, el derecho penal adjetivo o procesal penal. El primero de ellos está constituido por lo que generalmente conocemos como Código Penal o leyes penales de fondo, que son las normas promulgadas por el estado estableciendo los delitos y las penas, mientras que el derecho procesal penal es el conjunto de normas destinadas a establecer el modo de aplicación de aquellas.

Analizando a Eser (1998) se determina que la misión del Derecho Penal no se reduce solo al listado de las conductas consideradas delitos y la pena que a cada uno corresponde, sino que fundamentalmente su misión es proteger a la sociedad. Esto se logra a través de medidas que por un lado llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo necesario, a la par que se reincorpora al medio social a aquellos que no lo son mediante el tratamiento adecuado en cada caso para lograr esta finalidad.

Para Gómez De Liano (1991), concretamente, el Derecho Penal es parte de la ciencia jurídica, y por ello su finalidad es el estudio y la interpretación de los principios contenidos en la ley.

Según Oré (1993), la fuente del derecho es aquello de donde emana, y como se produce la norma jurídica.

Analizando a San Martín (1999), la costumbre es la reiteración de actos con la convicción de que son obligatorios, no es solamente repetir un acto, o reiterar una conducta, hace falta que la persona que la realice tenga la convicción de que son obligatorias, la convicción de la obligatoriedad es la parte subjetiva de la costumbre, y la conducta es la parte objetiva, la costumbre es fuente de Derecho Mercantil. Inglaterra que necesitaba un derecho en constante evolución necesitaba que su derecho se mantuviera dinámico porque era un país marítimo, no podía esperar la creación de leyes para adecuarlas a su comercio y adoptó la costumbre como fuente del derecho. Obviamente en Derecho Penal la costumbre no puede crear delitos y penas, por más de que un acto parezca inmoral sin embargo, la costumbre no es fuente de Derecho penal en el sentido de que no puede crear delitos ni penas, sin embargo, hay una institución dentro de la teoría del delito denominada la adecuación social, esto significa que en determinados casos una conducta que pareciera atípica, que pareciera calzar dentro del tipo penal, sin embargo por fuerza de la actividad social se considera permitida e inclusive beneficiosa para la sociedad, es decir, que el ámbito penal se restringe en base a la reiteración de determinada actividad social porque la sociedad la considera necesaria para su desarrollo, esto tampoco es estrictamente como fue explicada anteriormente pero tiene un parecido, porque la propia sociedad restringe el ámbito, literalmente pareciera calzar en el tipo penal sin embargo, procede de una conducta que la sociedad acepta, tiene que ver con la reiterada actividad social. A través de la costumbre nunca pueden crearse delitos y penas pero esta figura tiene que ver con conductas aceptadas socialmente que parecen calzar dentro del tipo penal a pesar de que pueden ocasionarle perjuicios a la misma.

Analizando a Wilson (1998), se determina que la jurisprudencia es la fuente del derecho clásica en el derecho anglosajón, mucho más que la costumbre, fuente clásica por excelencia del derecho anglosajón, de ahí viene el precedente judicial, la jurisprudencia significa la reiteración de decisiones sobre un mismo asunto de forma similar, no es una sola decisión, tiene que ver con una actividad plural de decisiones que consolidan una tendencia para la solución de un caso. No sólo en Estados Unidos o en Inglaterra la jurisprudencia es utilizada para la toma de decisiones sino que todos los abogados buscan los precedentes porque son los que van a solucionar el caso, y cuando no hay precedentes se hace lo que mejor se parezca.

Vélez (1986) y Vives (1992), concluyen que la doctrina es la fuente más débil del Derecho en general, en cierta forma no es fuente, sólo lo es en Derecho Internacional Público, hay áreas del Derecho Internacional Público donde la opinión de los científicos es relevante, cuando no hay forma de solucionar algunos casos la opinión de estos científicos tiene relevancia, en el Derecho Penal no tiene ninguna relevancia, ahora bien, la doctrina tiene importancia en la interpretación porque trata de influir en la jurisprudencia, para que aplique racionalmente la ley, todo es un círculo, la ley es una fuente pero por si sola hay que interpretarla y ésta es labor del juez a la hora de aplicarla pero quien le da las herramientas a éste es la ciencia, la doctrina, todo está vinculado.

Según Maier (1989), los principios generales del Derecho son un medio de interpretación, un mecanismo de interpretación, sirven de herramientas para interpretar la ley, para interpretar las normas jurídico-penales.

Analizando a Ferrajoli (1993), si bien el Derecho es un todo, en el cual es imposible escindir totalmente unas normas de otras, por cuestiones didácticas, pedagógicas, y también prácticas a la hora de su aplicación, se lo divide en diferentes ramas. Con cada una de ellas el derecho penal tiene vinculaciones:

Derecho constitucional: es la Constitución de cada Estado la que fija las bases, los límites a los que el derecho penal deberá sujetarse, con principios como el de que nadie es culpable hasta tanto no se lo declare como tal; nadie puede ser condenado sin juicio previo, etc.

Derecho civil: muchas de las nociones que se utilizan en el derecho penal provienen o son definidas en el derecho civil. Para que haya adulterio, por ejemplo, debe haber matrimonio, y este es un concepto civil; o para que haya robo, debe haber propiedad.

Derecho mercantil: sucede lo mismo que en el caso anterior. Podemos ejemplificar con el delito de estafa con cheque, para lo cual es necesario tomar del derecho comercial el concepto de cheque.

Derecho administrativo. Por una parte, el derecho penal protege la actividad administrativa sancionando las conductas que atentan contra su debido funcionamiento. Por otra, generalmente, el hecho de revestir el autor del delito autoridad administrativa agrava la pena. Luego, el ejercicio de la persecución penal, al estar a cargo de órganos administrativos, acerca también a estas dos ramas del derecho. Por último, cuando los órganos administrativos imponen sanciones, se ha entendido que los principios y garantías del derecho penal son también aplicables en el ejercicio de esta potestad, aunque con matices.

Según Gimeno (1999), cada sociedad, históricamente, ha creado, y crea, sus propias normas penales, con rasgos y elementos característicos según el bien jurídico que en cada caso se quiera proteger. En los tiempos primitivos no existía un derecho penal estructurado, sino que había toda una serie de prohibiciones basadas en conceptos mágicos y religiosos, cuya violación traía consecuencias no sólo para el ofensor sino también para todos los miembros de su familia, clan o tribu. Cuando se responsabilizaba a alguien por la violación de una de estas prohibiciones (tabú), el ofensor quedaba a merced de la víctima y sus parientes, quienes lo castigaban causándole a él y su familia un mal mayor. No existía relación alguna entre la ofensa y la magnitud del castigo. Las primeras limitaciones a la venganza como método de castigo surgen con el Código de Hammurabi, La Ley de las XII Tablas y la Ley Mosaica, que intentan establecer una primera proporcionalidad entre el daño producido y el castigo. Este debe ser igual a aquel. Es el famoso "ojo por ojo, diente por diente". En los casos en que no existía daño físico, se buscaba una forma de compensación física, de modo tal, por ejemplo, que al autor de un robo se le cortaba la mano. A esta misma época corresponde la aparición de la denominada Composición, consistente en el reemplazo de la pena por el pago de una suma dineraria, por medio de la cual la víctima renunciaba a la venganza.

Referencias
TESIS: [Mr.]-- Lima : UNMSM,UPGD, 2002.
TESIS: [Mr.]-- Lima: UNMSM, F.D.C.P., Unidad de Postgrado, 2005.
http://www.corteidh.or.cr/tablas/r30052.pdf Introduccion a las bases del derecho penal

Unidad Sesion 5 Actividad 1 Fuentes Bibliográficas en formato APA (Asociación Estadounidense de Psicología).


Bibliografía

Macedo, M. S. (1931). Apuntes para la historitoria del derecho penal mexicano. Mexico df: Instituto Nacional de Ciencias Penales.

Bibliografía

bobbio, N. (2016). TEORÍA GENERAL DEL DERECHO. BOGOTA COLOMBIA: EDITORIAL TEMIS S.A.

Bibliografía

conde, F. m. (2018). Teoria general del delito. bogota colombia: editorial temis s.a.



Unidad Sesion 5 Actividad 1
Seleccion y Recopilacion de Informacion

Impresión de pantalla de los diferentes espacios de las fuentes Primarias y Secundarias de donde se obtuvo la información